Arce promulga Ley de Protección a las Víctimas de Feminicidio, Infanticidio y Violación

Afirmó que el objetivo es que no haya más impunidad ni jueces prevaricadores.

El presidente Luis Arce promulgó este lunes la Ley 179/2021 de Protección a las Víctimas de Feminicidio, Infanticidio y Violación de Infante, Niña, Niño o Adolescente, que endurece las penas contra este tipo de delitos, norma que surge luego de que se conoció, en febrero pasado, el caso del sentenciado Richard Choque, violador serial y asesino múltiple que fue liberado.

“Hoy es vital que la justicia en estos casos administre justicia y que los jueces no tengan opciones para favorecer a delincuentes y que este crimen sea castigado sin ninguna excusa, es también un llamado a todos y todas los que tienen que ver con estos lamentables casos. Como abogados que, por codicia, no vacilan en defender a estas personas que han cometido este tipo de delitos y que se escudan en vacíos legales y caprichosas interpretaciones para salir bien liberados”, enfatizó el mandatario al promulgar la nueva normativa.

Dijo que es un esfuerzo que se hace con la Asamblea Legislativa, con el fin de que no haya más impunidad ni más jueces prevaricadores, se requiere una justicia sensible a esta problemática y que se sienten precedentes para mejorar como sociedad en su conjunto.

Agregó que desde la fundación de Bolivia no se impulsó una norma que sea clara para evitar la violencia contra las mujeres, niños y adolescentes, por lo tanto, se requiere una sociedad que avance en la despatriarcalización, en el ejercicio pleno del derecho de las mujeres y en la construcción de una vida libre de violencia.

El ministro de Justicia, Iván Lima, afirmó que la comisión de revisión de casos de violación y feminicidio, en los que los sentenciados fueron liberados, nació el 4 de febrero en este año, luego de conocerse que el recluso Choque, sentenciado por feminicidio en 2013, fue liberado y beneficiado en 2019 por un consorcio liderado por el entonces juez Rafael Alcón.

Detalló que como resultados concretos de esta comisión, se intervino 18 juzgados de ejecución penal del país, es decir el 100%; la recaptura de 21 feminicidas y violadores; se abrieron procesos contra 15 jueces por beneficiar a sentenciados, y la fiscalización de 832 expedientes.

Destacó que entre los principales aportes de la ley de endurecimiento de penas se establece la imprescriptibilidad de la pena en los delitos de feminicidios, infanticidios y delitos de violación a niños y adolescentes. Agrava la pena por el delito de prevaricato cuando este se cometa en un proceso penal en trámite o en etapa de ejecución de sentencia por los delitos de feminicidio, infanticidio y violación a niña, niño y adolescente.

Amplía el alcance del delito de consorcio a las autoridades jurisdiccionales, los consejeros de la Magistratura, servidores de apoyo judicial, fiscales, servidores de apoyo a la función fiscal, abogados, peritos, médicos forenses, trabajadores sociales y cualquier servidor público o profesional.

Dispone que no se aplicará la cesación de las medidas cautelares personales en los delitos de feminicidio, infanticidio y violación de menores de edad.

En casos de feminicidio, infanticidio y violación de niños y adolescentes, sólo se aplicará la cesación de las medidas cautelares personales al privado de libertad que acredite enfermedad terminal, mediante dictamen médico forense emitido únicamente por el Instituto de Investigaciones Forenses (IDIF).