Estado de excepción no impide asistir a fiestas, iglesias o reuniones; las restricciones apuntan a los bloqueos
Mario Justiniano, explicó que la población puede trabajar, estudiar, circular y participar en reuniones con normalidad. Las medidas especiales se aplicarán de forma localizada donde existan bloqueos, vandalismo o uso de armas.
Las personas pueden continuar con sus actividades habituales, asistir a matrimonios y fiestas, participar en reuniones, acudir a iglesias, trabajar y enviar a sus hijos al colegio durante la vigencia del estado de excepción declarado mediante el Decreto Supremo 5636. De hecho, este sábado, en la Catedral de Nuestra Señora de La Paz este sábado se celebraron varios matrimonios sin mayores restricciones.
“No hay posibilidad alguna de que a nivel nacional se esté restringiendo, por ejemplo, asistir a las iglesias, a matrimonios, reuniones o al colegio. Nada de todo eso”, afirmó la autoridad poco antes de lamentar que los cortes de ruta obligaron a la población a postergar todo tipo de actividades, incluso las religiosas y culturales. En La Paz, por ejemplo, la festividad de Gran Poder se postergó sin fecha.
Según explicó, en esas zonas podrán aprobarse disposiciones complementarias de los ministerios de Gobierno y de Defensa para permitir la actuación de la Policía y, cuando corresponda, de las Fuerzas Armadas.
El objetivo, sostuvo, es restablecer la normalidad y no interrumpirla, puntualizó en un contacto con el noticiario del grupo EL DEBER que va por el canal streaming ED-24.
Durante el estado de excepción, los ciudadanos pueden desarrollar sus actividades laborales, comerciales, educativas, religiosas y sociales con normalidad en las regiones donde no existan conflictos.
Esto significa que podrán circular, reunirse, asistir a celebraciones, acudir a centros educativos, abrir comercios, trabajar y participar en actividades familiares o comunitarias.
Justiniano rechazó las versiones que presentan la declaratoria como una medida destinada a recortar de manera general los derechos de la población.
La autoridad recordó que durante el prolongado conflicto se obstaculizó el paso de ambulancias, pacientes, alimentos, medicamentos y combustibles, situación que afectó la salud, la economía y las actividades cotidianas de miles de familias.
Lo que no está permitido
La principal limitación está dirigida a los bloqueos de carreteras y a las acciones que impidan el ejercicio de los derechos de otras personas.
Tampoco se tolerarán hechos de vandalismo, ataques contra bienes públicos o privados, ni la utilización de armas de fuego, dinamita u otros objetos destinados a provocar violencia.
Justiniano mencionó como ejemplo el caso de San Julián, donde durante un operativo anterior se reportó resistencia con armas de fuego.
“Se da el espacio de diálogo correspondiente, pero lo que no se permite es que existan puntos de conflicto que vayan contra la vida normal de las familias bolivianas”, señaló.
Aplicación localizada
Aunque la declaratoria rige en todo el país, la intervención de las fuerzas estatales se concentrará en los lugares donde existan alteraciones del orden, bloqueos o amenazas para la población.
El ministro insistió en que el propósito del Decreto 5636 es devolver a la ciudadanía la posibilidad de trabajar, movilizarse, recibir atención médica y abastecerse de alimentos y combustibles después de 50 días de conflicto.
Justiniano también advirtió que el impacto económico de los bloqueos fue “nefasto” para la cadena productiva y logística nacional y sostuvo que, en términos económicos, sus efectos fueron incluso más graves que los registrados durante la pandemia de Covid-19.